Reglamento de convivencia

Lee aquí nuestro Reglamento de Normas de Convivencia

Toda persona que ingrese a Fantasilandia quedará sujeta a las condiciones de utilización y Normas de Convivencia que se describen en este instrumento, las que declara conocer y aceptar por el solo hecho de acceder a las instalaciones.

INGRESO:

¿Quiénes pueden ingresar al Parque?
El ingreso al establecimiento será restringido, es decir, sólo podrán ingresar a las dependencias de Fantasilandia aquellas personas que:

  • Cumplan con los requisitos mínimos de ingreso que se indican más adelante.
  • Que hayan pagado su entrada.
  • Que hayan acreditado su identidad mediante la exhibición de la Cédula.
  • En el caso de existir Pases liberados, ofertas, promociones, tickets promocionales, entradas Vip, se deberán exhibir los correspondientes comprobantes para acreditar su veracidad, al igual que la Cédula de Identidad.
  • También se prohíbirá el ingreso una vez que la persona haya salido del Parque.
  • Existen tres tipos de pago para el acceso al establecimiento que corresponden a: desde 1,40 metros, hasta 1,40 metros y 60 años o más. Hasta 90 cm. entran gratis. Sin perjuicio de lo anterior, pueden existir ofertas o promociones con precio único o descuento.

Protocolos de Ingreso:
Por la propia seguridad de nuestros visitantes, toda persona que ingrese al parque deberá voluntariamente pasar por los detectores de metales ubicados en los ingresos y permitir que nuestro personal de seguridad revise, mediante un chequeo visual, todo bolso, mochila , cartera o similar para cerciorarse de que no haya ningún elemento de riesgo para la seguridad de nuestros visitantes.

Si alguno de nuestros clientes, por cualquiera razón, no quisiera someterse voluntariamente a esta medida de seguridad, ejerciendo sus legítimos derechos como consumidor, se procederá con la devolución íntegra del importe pagado, pero no podrá ingresar al Parque.

Por lo mismo, Fantasilandia cuenta con protocolos de ingreso que deberán cumplir todas aquellas personas que ingresen al Parque. Entre ellos se encuentra:

La Revisión de visitantes que ingresan al Parque siempre se hace a través de portales detectores de metales instalados en cada una de sus entradas, complementado con el uso de paletas detectoras de metales para la revisión de mochilas, bolsos y carteras.

El objetivo de esta revisión es detectar:

  • Armas de Fuego
  • Armas Blancas
  • Elementos proclives a ser utilizados como armas: tijeras, cartoneros, agujas, compás, lápices, etc.
  • Drogas
  • Alcohol
  • Elementos inflamables
  • Objetos de vidrio
  • Alimentos y bebidas

El método de revisión será:

  • Previo al Portal existe una línea amarilla donde se ubica el visitante, en espera de la indicación del Guardia para su ingreso a revisión.
  • Ingresa al Pórtico, con su celular en la mano al igual que el resto de los elementos metálicos que porte, y si no se emite alarma pasa inmediatamente a nuestras instalaciones.
  • Si el portal emite la alarma, el Guardia revisa con la paleta detectora de metales el bolso, mochila o cartera y le indica al visitante que debe sacar las especies, para retirar aquellas que son el objetivo de la revisión.
  • En el caso que el Guardia detecte un arma de fuego o arma blanca, avisará al Jefe de Seguridad, quien indicará al visitante que está en posesión de un elemento prohibido y en consecuencia no puede ingresar con él, comunicando este hecho a Carabineros para que se adopte el procedimiento establecido en la Ley.
  • Cuando en esta revisión se encuentre droga o alcohol, el supervisor indicará al visitante que no podrá ingresar y por tanto se le devolverá su dinero por concepto de compra de la entrada.
  • Si el cliente porta elementos inflamables o combustible, sean estos encendedores, aerosoles u otros similares, ingresará solo si acepta deshacerse de ellos, dejándolos en un recipiente para estos efectos. Los mismos serán destruidos después del cierre de las actividades del Parque.
  • Si el cliente trae consigo alimentos y bebidas no podrá ingresar con ellos por razones de seguridad sanitaria y será responsabilidad de él la custodia, que en ningún caso será en el interior del Parque.

Toda persona tiene derecho a negarse a la revisión de su mochila, bolso o cartera, caso en el cual se le impedirá el acceso al Parque y reembolsará el importe pagado por la entrada.

¿Quiénes no pueden ingresar al Parque?
Para el buen funcionamiento del establecimiento y la sana convivencia de los visitantes, en general, se han establecido las siguientes limitaciones:

Se prohíbe estrictamente el ingreso al establecimiento a cualquier persona que:

  • Se encuentre ingiriendo cualquier tipo de bebida alcohólica o consumiendo cualquier tipo de comida.
  • Se encuentre en manifiesto estado de intemperancia alcohólica.
  • Manifieste inequívocamente que sus facultades mentales o estado de ánimo se encuentren alterados.
  • Porte o intente ingresar cualquier implemento o elemento considerado para el uso de consumo de drogas o estupefacientes, como asimismo comercializar o intentar comercializar, ofrecer, vender, transferir, ceder o celebrar cualquier acto o contrato respecto de esas sustancias, siendo informado a la autoridad competente en caso de ser sorprendido.
  • Porte algún tipo de objeto que pueda ser catalogado de arma, entendiendo por tal toda máquina, instrumento, utensilio u objeto cortante, punzante o contundente que se haya tomado para matar, herir o golpear, aún cuando no se haya hecho uso de él.
  • Intente ingresar cuando la capacidad del establecimiento se encuentre copada y la administración haya informado debidamente esta circunstancia en las puertas de acceso o a través de su sitio web.
  • No vista adecuadamente para ingresar al establecimiento, reservándose Fantasilandia el derecho de permitir el ingreso de cualquier persona que no se encuentre correctamente vestida para un centro de entretenciones que preferentemente está orientado al público juvenil, infantil y familiar.
  • Intente ingresar con cualquier tipo de mascota a menos que sea de asistencia y que venga con permiso correspondiente emitido por la entidad reguladora.
  • Utilice, posea o porte patines, skateboard, skateroll u otros afines que puedan ocasionar daños a la propiedad o a las personas, o bien, que puedan poner en peligro la seguridad de unas u otras.
  • Porte cualquier otro elemento no mencionado, que Fantasilandia considere no adecuado para un centro de entretenciones.

PROHIBICIONES:
Se prohíbe estrictamente:

  • Manipular inadecuadamente cualquiera de los juegos a los que tenga acceso.
  • Alterar los letreros de advertencia, señalética general o especial que se encuentren en el recinto.
  • No respetar la señalética especial de cada entretención a la que se refiere un capítulo especial dentro de estas bases.
  • No respetar las instrucciones escritas o verbales para cada entretención.
  • Intentar utilizar cualquiera de las atracciones sin haber pagado el importe correspondiente en el caso de juegos pagados.
  • Ingresar con cualquier tipo de comida o bebida.
  • Causar cualquier tipo de desorden.
  • No respetar las órdenes de prelación al hacer una fila para ocupar algunas de las entretenciones, siendo sancionada aquella persona que no la respete en la forma indicada.
  • Hacer pic-nic.
  • En general realizar cualquier conducta que atente contra el orden interno del establecimiento.
  • No se podrá fumar al interior del Parque.
  • El uso de una entrada, ticket promocional, invitación, pase liberado, pase anual o cualquier otro elemento escrito que lo habilite para ingresar al recinto o utilizar alguna de las atracciones es de carácter personal e intransferible, su uso indebido conllevará a la caducidad del producto, siendo de responsabilidad exclusiva de aquel que haga mal uso del instrumento.
  • Se prohíbe, estrictamente, la venta o reventa de cualquier entrada, bono, oferta, cover, invitación u otro tipo de documentación que sea emitida por Fantasilandia a los consumidores, conllevando a la anulación de estas, asumiendo el responsable de la infracción los perjuicios y penas que en conformidad a la ley corresponda.

OBLIGACIONES:
En conformidad con la legislación vigente serán obligaciones de los visitantes o consumidores las siguientes:

  • El deber de informarse responsablemente de los bienes y servicios que se ofrecen.
  • El deber de evitar los riesgos que puedan afectarles.
  • Abstenerse de realizar cualquier actividad que pueda poner en riesgo a las personas o instalaciones del establecimiento.
  • Comunicar a la gerencia del Parque cualquier tipo de actividad sospechosa o delictual de la que tomen conocimiento.
  • Informar a las autoridades correspondientes de cualquier hecho que pueda tener la calidad de delito o falta.
  • Colaborar con la administración del establecimiento en el cuidado de los bienes, instalaciones y personas que se encuentren en el local.
  • Respetar, en todo momento, las normas de convivencia interna.
  • Dar información fidedigna de su identidad.
  • Informarse debidamente de las condiciones e instrucciones especiales de cada una de las entretenciones.
  • Tomar los resguardos necesarios para que las instrucciones específicas que existen para las atracciones se cumplan.
  • Preocuparse en todo momento de las actividades que realicen los menores de edad, personas minusválidas y personas de la tercera edad que concurran junto a los adultos a fin de que no sufran ningún accidente.
  • Abstenerse de la utilización de las atracciones que sean riesgosas para su salud en atención a las condiciones especiales de cada persona y las generales indicadas en la señalética.
  • Advertir a la administración cuando se observe la mala utilización de alguna de las atracciones que pueda poner en peligro la seguridad de las personas o los bienes del establecimiento.
  • Informarse debidamente de todas las condiciones de utilización de las entretenciones.
  • Informarse debidamente de los horarios de inicio y cierre de cada una de las atracciones.
  • Respetar los horarios de atención de público.
  • Mantener en su poder, en todo momento, su entrada.

DERECHOS:
Son derechos de los clientes, especialmente los siguientes:

  • Solicitar el cumplimiento de la normativa legal vigente, especialmente el cumplimiento de las condiciones ofrecidas.
  • Solicitar información sobre cualquier bien o servicio ofrecido.
  • Derecho a que se le explique detalladamente el funcionamiento de cualquiera de las atracciones.
  • Derecho a utilizar cualquiera de las instalaciones una vez pagado el importe, siempre y cuando la atracción o espacio se encuentre funcionando, disponible y se reúnan los requisitos especiales requeridos para la operación de los mismos.
  • Negarse a la revisión de su mochila, bolso o cartera y exigir en ese caso el reembolso del importe pagado por su entrada.
  • Derecho a ser escuchado.
  • Derecho a ser respetado civil y moralmente.
  • Derecho a no ser discriminado arbitrariamente.
  • Derecho a denunciar ante las autoridades correspondientes cualquier vulneración a sus derechos, ya sean producto de un hecho atribuible a Fantasilandia o bien a algún consumidor o tercero.
  • Derecho a llamar a Carabineros de Chile o Policía de Investigaciones de Chile cuando se le impute la comisión de un ilícito.
  • Exigir el comprobante de su entrada al ingresar al establecimiento.

LA NORMA DE CONVIVENCIA AL INTERIOR DEL PARQUE:

  • Cualquier persona que sea sorprendida causando molestias o cualquier tipo de apremio o mal comportamiento que pueda significar la incomodidad de otro cliente deberá abandonar el recinto previa solicitud de la administración, so pena de incurrir en algún acto ilícito y sin perjuicio de lo que se indica en el capítulo de las sanciones.
  • Cualquier persona que sea sorprendida en la comisión flagrante de un ilícito será puesta inmediatamente, en conformidad con la legislación vigente, a disposición de las autoridades policiales correspondientes junto a los medios de prueba que se tengan o encuentren.
  • Finalmente, debe entenderse por normas de buena y sana convivencia las que son aceptadas por nuestra sociedad dentro de un promedio razonable, por lo que no es posible hacer un catálogo de conductas incorrectas, siendo de exclusiva responsabilidad de aquellas personas que cometan actos o hechos impropios responder ante las autoridades y tribunales correspondientes.
  • En el recinto existe personal que se preocupa de que los clientes en todo momento encuentren una rápida y oportuna solución a sus inquietudes, ocupando para tal efecto un uniforme especial, u otra característica o distintivo. En este sentido los clientes pueden recurrir a estos funcionarios cuando lo estimen conveniente.

LAS EXCLUSIONES:
El pago de la entrada da derecho a los visitantes para hacer uso de todas las atracciones salvo aquellas que expresamente se encuentran excluidas. En este sentido, se excluyen aquellas atracciones que por el alto costo individual de cada una de ellas, es necesario asumir y que consisten en las atracciones denominadas Juegos de Destreza, Botes Chocadores, y Castillo Encantado, atracciones que en todo caso se encuentran debidamente señalizadas e indicadas.

LAS SANCIONES:
Las sanciones que se señalan a continuación son de carácter general y no deben ser entendidas en sentido diverso del espíritu que las inspira que no es otro que la sana convivencia dentro de un establecimiento de afluencia de público masiva. En este sentido los consumidores y clientes en general deben tener presente lo siguiente:

  • Aquella persona que sea sorprendida en la comisión de un delito será puesta inmediatamente a disposición de las autoridades policiales correspondientes.
  • Cuando se produzcan hechos que alteren substancialmente el orden interno, se intentará filmar lo ocurrido, lo que ocurra en lo sucesivo hasta la llegada de la autoridad policial o bien el abandono del establecimiento que hagan los infractores.
  • Cualquier persona que no respete el orden de prelación en las respectivas filas de ingreso a las entretenciones será requerida para que abandone las instalaciones sin derecho a reembolso de su entrada o consumos al interior del Parque.
  • Cualquier persona que no cuente con su respectiva entrada deberá hacer abandono del establecimiento.
  • Cualquier persona sorprendida con algún elemento considerado para el uso o consumo de drogas, alcohol o estupefacientes deberá hacer abandono del establecimiento sin derecho a reembolso de su entrada o consumos al interior del Parque.

RESTRICCIONES Y CUIDADOS ESPECIALES:

  • Restricciones: En caso de corte de energía eléctrica, lluvia, granizo, terremoto o cualquier otra inclemencia del tiempo, desórdenes, atentado terrorista o cualquier otra forma de alteración, caso fortuito o fuerza mayor, obliga a la administración al cierre inmediato de las instalaciones como medida de seguridad, no siendo procedente el reembolso de la entrada pagada.
  • Cuidados especiales: Dentro de la amplia gama de entretenciones que exhibe Fantasilandia existen algunas que revisten mayores dificultades que otras. En este sentido es de responsabilidad del consumidor informarse debidamente de las instrucciones especiales que se han preparado para cada atracción, así como de los efectos que pueden tener sobre su persona ciertas y determinadas atracciones que implican un mayor esfuerzo para el cuerpo humano. El no respeto a la señalética especial que se ha detallado en los juegos o atracciones, hará responsable a quien las transgreda, de las consecuencias que se causen.

En este sentido Fantasilandia ha tomado todos los resguardos que los fabricantes de los entretenimientos, como asimismo la experiencia, la técnica y la prudencia aconsejan para excluir cualquier riesgo. Fantasilandia ha invertido una gran cantidad de recursos en la prevención de accidentes, los que se han traducido en la señalética general y particular, que debe ser respetada en todo momento, siendo de responsabilidad del consumidor su infracción.

HORARIO DE FUNCIONAMIENTO:
El horario será el que se comunique por los medios y publique en los accesos. Fantasilandia realizará sus actividades en los horarios y días que estime conveniente, conforme se comunique debidamente por distintos canales de información y especialmente en los accesos del centro de entretención.

Estos horarios podrán sufrir alteraciones o cambios producto de eventos especiales, resoluciones administrativas o bien normas internas, respecto de las cuales Fantasilandia, se reserva el derecho de modificar cuantas veces lo estime necesario sin necesidad de expresión de causa, pero informando oportunamente de los cambios que ocurran.

Sin perjuicio de lo anterior y en atención a que la mayoría de las atracciones puede recibir una gran cantidad de público, es necesario terminar el ingreso a las respectivas filas de acceso con una antelación de por lo menos treinta minutos antes de la hora de cierre del establecimiento, por lo que será obligación de los visitantes informarse debidamente de esta circunstancia.

INFORMACIÓN AL PÚBLICO:
Entendiendo la importancia que reviste la información para que los consumidores puedan optar por el bien o servicio, que cumpla mejor con sus expectativas, es que Fantasilandia ha implementado un sistema de publicaciones en distintos medios de comunicación a fin de que el consumidor se encuentre siempre bien y debidamente informado de todos los servicios que se prestan y las condiciones de estos.